lunes, 23 de noviembre de 2020

Guia de estudio de derecho procesal administrativo: contratos

 

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA: Define a la obra publica como todo trabajo cuyo objeto sea crear construir conservar o modificar Bienes inmuebles Por su naturaleza o disposición del bien.

 

DOBLE PERSONALIDAD DEL ESTADO:

  1. Titular del poder publico por medio de la adicción de actos de Imperio.
  2. Persona jurídica del derecho privado (como si fuera un civil)

 

ELEMENTOS DEL CONTRATO DE OBRA PUBLICA

  • Sujetos (Gobierno y particular: regulado por la ley de obras publicas)
  • Competencia y capacidad.
  • Consentimiento.
  • Forma: (por escrito y ante notario)
  • Objeto: (subordinado estrictamente a las leyes)

 

Ley de procedimientos de licitación, adjudicación y ejecución de obra pública.

 

CONTRATO DE SUMINISTRO: Acuerdo de voluntades Sujeto normas del derecho público Celebrados por la administración pública Con una o varias personas del derecho privado, del contratante se obliga a proporcionar Determinados artículos, vienes o mantenimiento, necesarios para satisfacer Intereses generales, O para la prestación de servicios que corresponden al Estado.

 

TIPO DE CONTRATOS DE SUMINISTROS:

Pueden ser por plazo fijo, plazo de terminado o precio fijado por la administración pública unilateralmente (Para fijar un estándar y por las condiciones de los mercados y países)

 

El contrato de suministros NO ES UN CONTRATO DE COMPRAVENTA, porque no se establecen libremente los derechos y obligaciones los fija la administración pública (objeto de la contratación)

 

OBJETO DEL CONTRATO DE SUMINISTRO: Cumplir con una finalidad pública.

 

CARACTERISTICAS DEL CONTRATO DE SUMINISTRO

  • Estado señala precios por medio de disposiciones generales (decretos)
  • Estado impone reglas para plazo y entrega
  • Estado determina la forma, calidad, cantidad y garantía de los productos.
  • El comprador es una entidad de la administración pública.
  • El vendedor puede ser una empresa privada que produzca bienes y los suministre
  • Está sujeto a normas del derecho público.
  • Tiene clausulas
  • El estado busca cumplir con los cometidos que se le atribuyen.

 

LICENCIA: facultad que otorga el poder público para hacer algo.

 

PERMISO: consentimiento que otorga quien tiene potestad para hacer algo (para algo momentáneo, no permanente)

 

AUTORIZACIÓN: acto por medio del cual se confiere a una persona el derecho para realizar una conducta o acción.

 

MODOS DE CELEBRACION DE CONTRATOS PUBLICOS

  • Adjudicación
  • Contratos amistosos
  • Contratos De obra publica
  • Contratos De suministro
  • Contratos De concesión
  • Permisos
  • Licencias
  • Autorizaciones

 

ADJUDICACION: practica que realiza el estado para elegir un proveedor que preste un servicio o bien.

 

TIPOS  DE ADJUDICACIÓN

  • ADJUDICACION ABIERTA: por concurso.
  • AJUDICACION RESTRINGIDA: Discrecional, el gobierno decide a los postores.

El gobierno coloca los precios y especificaciones.

 

CONTRATOS AMISTOSOS: Se celebran con amplia libertad, Comprenden un llamado a los postores para que la administración publica escucho ofertas y decida lo más conveniente.

 

REQUISITOS DE LOS CONTRATOS AMISTOSOS:

  • Celebrados por funcionarios que marcan la ley. 
  • Contienen cláusulas y condiciones en términos generales (Administrativas)
  • Pliego de prescripciones comunes 
  • Objeto de regulación del contrato 
  • Pliego de prescripciones especiales 
  • Siempre es por escrito 

 

PLIEGOS: Condiciones de cláusulas administrativas qué se tienen en términos generales para cada contrato

 

PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES COMUNES 

  1. Anotaciones que se colocan dentro de los contratos 
  2. Reguladas de manera general, cubran toda la condición
  3.  

PLIEGOS DE PRESCRIPCIONES ESPECIALES

  • Consideraciones que permiten un control del contrato.
  • Dame especificaciones sobre que no entra dentro del contrato

 

CO-CONTRATANTE: personas apegadas a la determinación de un presupuesto que emana del gobierno.

 

DERECHOS DE LOS CO-CONTRATANTES

  1. Existencia de una parte presupuestal.
  2. Conocer de la partida presupuestal.
  3. Para inversiones muy grandes, presupuesto en varios años.
  4. Poder usar el crédito otorgado con autorización de la dependencia nacional.

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