Algunos
conceptos de la materia de Derecho Colectivo del Trabajo o Derecho Colectivo
Laboral
Derecho
colectivo del trabajo:
Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones
entre patrones y obreros no de forma individual sino en atención a los intereses comunes a
todos ellos (Manuel Ossorio)
Conjunto de normas jurídicas que hace referencia de forma exclusiva a los grupos sociales de trabajadores y
patrones. Cuyo objeto es la defensa de derechos laborales de los grupos
obreros.
Movimiento
obrero
Reclamo de mejoras en las condiciones laborales.
Inicia con la revolución industrial
Primeras manifestaciones en el ludismo.
Ludismo
Se refiere a la destrucción de las maquinas responsables
de la perdida de la capacidad adquisitiva del pequeño obrero.
Inicio en Inglaterra con un grupo de artesanos en la
revolución industrial.
Movimiento
obrero en México
Inicia en 1860, durante el porfiriato.
Confederación de Trabajadores de México (CTM) fundado el 24 de febrero de 1936, durante el
gobierno del presidente Lázaro Cárdenas.
Sindicato
Asociación de trabajadores o patrones constituida para el
estudio, mejoramiento y defensa de sus intereses.
Libertad sindical
Es
un derecho de patrones y trabajadores
No
necesitan autorización especial para formar un sindicato.
Nadie
puede obligar a una persona a formar parte de un sindicato o impedirle formar
parte de uno.
Autonomía sindical
Se
refiere a la capacidad de los sindicatos para redactar sus propios estatutos y
reglamentos, elegir a sus propios representantes y organizar sus actividades y
llevar a cabo su administración.
Tipos de sindicatos de trabajadores
1. Gremiales:
misma profesión u oficio
2. De
empresa: misa empresa
3. Industriales:
trabajadores de dos o más empresas de la misma rama industrial
4. Nacionales:
Dos o más empresas de la misma rama industrial en dos o más entidades.
5. De
oficios varios: diversas profesiones.
Edad necesaria para formar
parte de un sindicato
Mayor
de 15 años
Que trabajadores no pueden
entrar en un sindicato
Los
de confianza
Secretaria de trabajo y
previsión social
Realiza
el registro de los sindicatos
Contrato colectivo de
trabajo
Convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de
trabajadores y patrones, con objeto de establecer las condiciones de trabajo en
una o más empresas o establecimientos.
Democracia
colectiva:
El contrato se celebra con el sindicato con mayor cantidad
de integrantes
Perdida de mayoría es igual a pérdida del contrato
Celebración
del contrato colectivo
·
Por
escrito
·
Por
triplicado
·
Depositado
en la junta de conciliación y arbitraje
·
Es
público
·
Surte
efecto en cuanto se presenta o en fecha que pacten las partes.
Contenido
del contrato colectivo de trabajo
·
Nombre
y domicilio de las partes
·
Empresa/Establecimiento
que abarque
·
Duración
del contrato (indeterminado o por obra)
·
Jornada
de trabajo
·
Salarios
·
Días de
descanso y vacaciones
·
Capacitación
y adiestramiento
·
Base de
la integración y funcionamiento de las comisiones
A
quienes beneficia el contrato colectivo:
A todos los trabajadores, salvo pacto en contrario.
Fin del
contrato colectivo de trabajo
·
Por
mutuo consentimiento
·
Fin de
la obra.
·
Cierre de
la empresa o establecimiento (si el contrato solo aplicaba en ese sitio en
específico)
Revisión
del contrato colectivo de trabajo
·
Es cada
año
·
Se
avisa a la junta de conciliación y arbitraje 30 días antes de que se acabe el
año
·
Si no
se revisa el contrato sigue vigente por el tiempo igual al que se estableció en
el contrato.
Huelga
Suspensión temporal de labores realizada por una
coalición de trabajadores.
Coalición
Acuerdo temporal de un grupo de trabajadores y patrones
para defensa de sus intereses comunes.
Conciliación
Acuerdo celebrado entre quienes están frente a un
conflicto de intereses con objeto de evitar un juicio o poner fin a uno ya
iniciado.
Trámite
previo al arbitraje (Rafael Piña)
Acuerdo o advertencia de parte mediante allanamiento, renuncia
o transacción que hace innecesario o evita el litigio.
Negociación
colectiva
Proceso que permite fijar las condiciones de trabajo de
común acuerdo entre trabajadores y empleadores.
Conjunto de acuerdos de carácter extrajudicial
concertados entre los representantes de los factores de producción, capital y
trabajo respecto de conflictos internos de organización y administración
surgidas en relaciones laborales.
Cuando
surge la negociación colectiva
Principios del siglo XX
Fines
de la negociación colectiva
·
Iniciar
contratación colectiva
·
Revisar
convenio vigente
·
Modificar
el convenio
·
Fijar
condiciones de trabajo
·
Exigir
prestaciones económicas
·
Mejorar
el diálogo social
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